GENERALES

Existe un vacío legal para los casos de fecundación post mortem

La fecundación post mortem conforma un supuesto especial, en el que dicho procedimiento se practica una vez fallecido uno de los progenitores. La legislación actual no contempla -al menos en ...

La fecundación post mortem conforma un supuesto especial, en el que dicho procedimiento se practica una vez fallecido uno de los progenitores. La legislación actual no contempla -al menos en forma expresa- dicha posibilidad. Leer más

Fuente: https://www.perfil.com/noticias/opinion/existe-un-vacio-legal-para-los-casos-de-fecundacion-post-mortem.phtml

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